Octubre
1
Plasmo en el blog esta idea por que me parece importante compartirla.
Primero repacemos dos conceptos:
Software Libre
Cuando hablamos de Software Libre nos referimos a software que da a sus usuarios una suma de libertades. La libertad de ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar. De un modo más preciso, un software es considerado libre cuando le da a todos sus usuarios estas 4 libertades:
- La libertad de usar el programa, con cualquier propósito (libertad 0).
- La libertad de estudiar el funcionamiento del programa, y adaptarlo a las necesidades (libertad 1).
- La libertad de distribuir copias, con lo que puede ayudar a otros (libertad 2).
- La libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras, de modo que toda la comunidad se beneficie (libertad 3)
Software Privativo
En oposición al tipo de software que da libertades a sus usuarios, se considera Software Privativo a aquel que limite su copia, ejecución, distribución, estudio o modificación.
Recibir un software y tener prohibido darle copias de ese software a nuestros compañeros es un claro ejemplo de Software Privativo. También lo es software que no podemos modificar, ya sea porque su código fuente es inaccesible (no nos fue proporcionado y solo disponemos de una versión ejecutable del software) o porque (a pesar de disponer del código fuente, como es común en los programas escritos en lenguajes interpretados) su licencia de uso nos lo impide.
Para más información sobre Software Libre y Privativo, así como definiciones más exhaustivas, se puede visitar el sitio web del proyecto GNU: http://www.gnu.org/philosophy/philosophy.es.html
Dadas las dos definiciones previas enunciamos:
El estado no puede usar Software Privativo para cumplir sur rol, si lo hace está traicionando la confianza del pueblo.
En el resto del post se justifica esta afirmación. Read the rest of this entry »